¿CUÁLES SON LAS ACTUACIONES LEGALES QUE DEBEN REALIZARSE POR LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR EL CONTACTO CON EL AMIANTO?

13 de noviembre de 2009

En primer lugar, es absolutamente recomendable que cualquier trabajador que haya realizado trabajos en contacto, ya sea directo, o incluso indirecto, con el amianto y especialmente los que hayan tenido un contacto de larga duración, acudir a los servicios médicos especializados para que puedan disponer de un seguimiento médico adecuado para prevenir en lo posible las consecuencias que el contacto con el amianto conllevan, prácticamente de forma segura, en el deterioro de la salud del trabajador. En este sentido, es fundamental informar a los especialistas de los periodos de contacto con el amianto.
Desde el punto de vista legal, son variadas las actuaciones que pueden llevarse a cabo para una mejor defensa integral de los intereses jurídicos de los trabajadores afectados.
En primer lugar, si el afectado se encuentra en situación de invalidez permanente, habrá que analizar la posibilidad de solicitar una revisión por agravación, a efectos de conseguir una invalidez de mayor grado y con ello, obtener una pensión de mayor cuantía.

Es importante saber también, que al tratarse de enfermedad profesional, incluso aunque el trabajador sea pensionista de jubilación, es posible solicitar una pensión de invalidez permanente y una vez que esté concedida, optar por la que resulte más favorable económicamente.
Otra de las actuaciones posibles, especialmente para los trabajadores que tengan la invalidez reconocida, es solicitar ante en Instituto Nacional de la Seguridad Social un recargo de las prestaciones por falta de medidas de seguridad que puede oscilar entre el 30 y el 50% de la invalidez, dependiendo de la gravedad de la falta de medidas de seguridad.
Asimismo abrimos una nueva vía de reclamación consistente en la petición de indemnización de daños y  perjuicios contra la empresa en la que se haya producido el trabajo en contacto con el amianto. Aquí hay que tener en cuenta la posible responsabilidad solidaria de las empresas principales cuando se trate de contratas que realizan su actividad en el propio centro de empresa principal.
Finalmente, nuestro despacho está abriendo una nueva vía de reclamación consistente en el planteamiento de reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra las Administraciones Públicas que tenían a obligación de velar por que la normativa sobre la materia se aplicara efectivamente en las empresas y que lamentablemente no se controló de forma adecuada.

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